Vivienda · CHILE

Arriendo impago: ordenar la deuda y el siguiente paso

Qué preparar si hay rentas pendientes o recibiste una comunicación de cobro por el arriendo.

En esta guía
LA RESPUESTA BREVE

Construye una cuenta mes a mes: lo pactado, lo pagado y la diferencia. Guarda contrato, comprobantes y comunicaciones; distingue una propuesta de acuerdo de una notificación judicial.

Qué vía describe la ley de arriendo

La BCN explica que las controversias de arriendo urbano se tramitan ante tribunales civiles y contempla un procedimiento monitorio para cobrar rentas, gastos comunes y consumos, con restitución consecuencial del inmueble. Su aplicación y la respuesta dependen de los antecedentes y de lo ordenado por el tribunal. BCN: Ley Fácil sobre arriendo.

Una cuenta que ambas partes puedan revisar

  • Indica por mes el vencimiento pactado, monto y pago recibido.
  • Identifica transferencias por fecha, no solo por capturas sueltas.
  • Separa renta, gastos comunes y servicios; evita sumar dos veces un mismo concepto.
  • Añade acuerdos anteriores y comprobantes de entrega del inmueble, si existen.

Si eres arrendatario y pagaste, señala exactamente a qué período corresponde el comprobante. Si eres arrendador, aclara cualquier abono antes de presentar una cifra como saldo pendiente.

Si recibiste documentos del tribunal

Conserva todas las páginas, el sobre o constancia de recepción y la fecha. Busca asistencia jurídica de inmediato para identificar qué se te pide y el plazo específico; no sustituyas esa revisión por una conversación informal sobre el pago.

Para intentar un acuerdo, deja por escrito el saldo que cada parte reconoce, las fechas propuestas y qué queda por resolver. Evita medidas improvisadas, como cambiar cerraduras o retirar pertenencias: consulta la vía correspondiente antes de actuar.

Tu siguiente paso

Lee la explicación oficial del procedimiento y prepara el expediente del arriendo.

Consultar la fuente oficial

Fuentes para comprobarlo

Información general para Chile. No sustituye asesoría jurídica o financiera. No atribuimos esta guía a un profesional revisor. ¿Detectaste un error?